Continúa la búsqueda de justicia por Emilia Uscamayta Curi. Tras las penas de 3 y 4 años respectivamente a los culpables de su muerte, la Asamblea Justicia Por Emilia elevó a la máxima instancia provincial el pedido de adecuar las condenas a la carátula de dolo en el homicidio, pero ésta la había rechazado hace meses, sin notificar debidamente a la familia.
El miércoles 16 de julio desde las 10 horas, la Asamblea Justicia por Emilia había preparado en las puertas de la Suprema Corte provincial (Avenida 13 entre 47 y 48) una concentración, sumada a una radio abierta con motivo de reclamarle a la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires que reciba a la familia y trate el recurso de queja que solicitaba considerar como homicidio simple con dolo eventual la causa sobre la muerte de Emilia, pero los abogados en defensa de la familia se encontraron repentinamente con la notificación del rechazo al pedido judicial.
Resulta que, hace meses, el equipo de abogados en defensa de la familia Uscamayta Curi había presentado ante la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires un recurso de queja, luego de que Casación negara el cambio de calificación en la condena a los empresarios. A mediados del año 2023 se llevó adelante el juicio en donde el Tribunal Oral en lo Criminal N° 3 de La Plata condenó a los empresarios por el delito de homicidio culposo bajo una pena de 3 años a Raúl “El Peque” García, Santiago Piedrabuena y Carlos Bellone, y de 4 años a Gastón Haramboure.
Tras este fallo, la familia junto al equipo de abogados interpuso un recurso casatorio buscando una adecuada calificación legal a lo sucedido y descrito por el propio Tribunal Criminal en la sentencia: no hubo culpa y si hubo dolo, lo que tendría una pena de 8 años en adelante, y por ende, cumplirían la pena encarcelados. Luego del rechazo del recurso casatorio se elevó un recurso extraordinario ante la Suprema Corte por inaplicabilidad de la ley -aplicar mal la ley- al que Casación denegó la admisibilidad. Es así que se llegó con un recurso en queja a la Suprema Corte de Justicia provincial.
Desde esta presentación hasta la fecha fijadas esta semana para realizar una concentración, tanto el equipo de abogados, como la familia y la Asamblea entendían que la Corte jamás había enarbolado una respuesta, y por esto mismo se realizaría la instancia de protesta. No obstante, la resolución estaba publicada desde el 27 de febrero del año corriente, sin haber sido notificadas debidamente ninguna de las partes denunciantes y afectadas.
Debido a esta situación, la concentración fue suspendida. Es importante recordar que el pedido del cuerpo de abogados, compuesto por Ignacio Fernández Camillo, Adrián Rodriguez Antinao y Andrés Noetzly recurrió a este pedido junto con la familia debido a la basta cantidad de pruebas que proveyeron las declaraciones de testigos durante el juicio, en las que quedó comprobada la negligencia e inacción de los cuatro condenados de realizar la fiesta “La Frontera” sin habilitación alguna, y sin siquiera un recurso puesto al servicio del cuidado de la salud de los asistentes. Además, la reiteración de intentos de cancelación de la fiesta por parte de vecinos del lugar y la evidente complicidad de la gestión municipal del por entonces intendente Julio Garro completaron una escena por demás repudiable. Toda esta historia se puede ver más en profundidad en la cobertura realizada por Revista Trinchera.
“La Justicia sigue sin actuar acorde a lo sucedido. Sigue en pie nuestro pedido de Justicia total con respecto a las condenas de los empresarios responsables de la muerte de Emilia Uscamayta Curi, no fue un homicidio culposo, fue un homicidio simple con dolo eventual porque ellos sabían del peligro al que expusieron a todas las personas que asistieron a la fiesta y decidieron no dar cuenta e incluso darle una coima al municipio de La Plata de Julio Garro para evitar la suspensión de la fiesta ilegal, la cual funcionarios decidieron aceptar”, habían enfatizado desde la asamblea en la previa de dicha instancia frustrada.
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