Les trabajadores que estuvieron alcanzados por el impuesto tendrán una mejora gracias a los cambios efectuados. Además, se confirmó que para noviembre el impacto sería de un porcentaje aún mayor.
Desde el Ministerio de Economía se confirmó que antes del jueves 5 y con el cobro de los salarios de septiembre, los trabajadores en relación de dependencia recibirán la devolución del proporcional del medio aguinaldo de la retención del impuesto a las Ganancias que les efectuaron en julio y agosto.
Fuentes del Palacio de Hacienda subrayaron que el importe debe figurar en el recibo de sueldo bajo la leyenda “Devolución Decreto N° 473/23” y de manera independiente a la retención que pudiera corresponder en el mes que se liquida. Asimismo, destacaron que “se les debe devolver la segunda cuota por la suba de escalas del impuesto del Decreto 415/2023, teniendo en cuenta que la primera devolución fue con los sueldos de agosto”.
En este sentido, desde la cartera de Economía se recalcó: “Ambos beneficios suman una mejora del salario de bolsillo del 7% al 11%, dependiendo del nivel de salario”. Algunos ejemplos de esto son: para un sueldo bruto de 800 mil, esas dos devoluciones suman $92.022 (mejora del 11,5% del sueldo), mientras que para una remuneración de $900 mil, son $93.062, para una de un millón son $94.549 y para una de 1.100.000, representa $96.007.
Asimismo, remarcó que “con el sueldo de octubre que se percibe a fin de mes o comienzos de noviembre, los trabajadores dejarán de pagar Ganancias por la vigencia del piso salarial de quince Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM)”.
Al respecto, el ministro de Economía y candidato presidencial de Unión por la Patria (UxP), Sergio Massa, en diálogo con Caja Negra, apuntó que en el corto plazo “se va a notar fuerte la recuperación del ingreso en Argentina”, tras la aplicación de medidas como la devolución del IVA y la eliminación del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría.
Cabe recordar que el Gobierno oficializó a mediados de septiembre el incremento a partir del 1 de octubre último del mínimo no imponible de Ganancias equivalente a 15 SMVM para el segundo semestre del período fiscal 2023, mediante el Decreto 473/2023.
La medida establece que, “para el segundo semestre del período fiscal 2023, el monto de la remuneración o del haber bruto” que se toma en cuenta como mínimo no imponible de Ganancias “ascenderá a una suma mensual equivalente, conforme el monto que esté vigente el 1 de octubre de 2023, a quince SMVM”.
Con el aumento del salario mínimo definido por el Consejo del SMVM, se determinó asimismo el nuevo mínimo no imponible de $1.980.000 que regirá para el impuesto a las Ganancias para octubre, noviembre y diciembre. Sin embargo, se especula con la posibilidad de que a partir de octubre se aplicaran los cambios de forma retroactiva a septiembre, y los 800 mil trabajadores que dejarán de pagar Ganancias ya vieran un alivio en sus cuentas en base al sueldo del mes pasado.
La aprobación de la Ley 27.775 que modifica el universo alcanzado por el impuesto a las Ganancias, mediante la creación de un régimen cedular sobre los mayores ingresos, es la instancia legislativa de un cambio que inicialmente se aplicará por el Decreto 473/2023. Desde AFIP resaltaron que la medida se adaptará recién en noviembre en base a los sueldos de octubre.
Cabe destacar, que la eliminación del Impuesto a las Ganancias fue una de las medidas que lanzó el ministro de Economía, que de esta manera adelantó tres meses lo que se aplicará de forma anual en 2024, con el objetivo de amortiguar la suba de precios. En paralelo envió al Congreso un proyecto de Ley que ya fue sancionado en el que se eliminó ese tributo.