A partir de este mes se modificó el piso de Ganancias que beneficiará a 250 mil empleados en relación de dependencia. De esta manera, solo pagará todo aquel que perciba una remuneración superior a los $506.230. Por debajo de este umbral ya no corresponderá retención alguna del tributo.
Tal como se anunció hace dos semanas, el ministro de Economía, Sergio Massa confirmó que desde este mes solo pagarán Impuesto a las Ganancias las remuneraciones de los trabajadores superiores a los $506.230. De esta manera, se beneficiarán aproximadamente 250 mil empleades en relación de dependencia.
En principio, en cuanto a las escalas no se cambiarán ni actualizarán los montos de las deducciones del Impuesto a las Ganancias en mayo. Además, las disposiciones resultan de aplicación para las remuneraciones y/o haberes brutos mensuales percibidos a partir del 1° de mayo de 2023, inclusive, con excepción de lo dispuesto en el artículo 1°, que surtirá efectos conforme a lo allí previsto.
En este sentido, se especificó que por debajo de este umbral ya no corresponderá retención alguna del tributo. Además, se determinó que en los meses en los que la remuneración bruta supere los $506.230, pero resulte inferior a los $583.851, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
Asimismo, el titular del palacio de Hacienda, en su cuenta de Twitter, señaló: “Junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: Un beneficio para 600.000 empleados”.
El aumento del piso se basa en la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), el índice que mide la evolución de los salarios que de octubre de 2022 a febrero de 2023 fue del 25,9 %. En este marco, Massa subrayó: “Este nuevo alivio fiscal es clave para que el impuesto no afecte los aumentos salariales y son parte de nuestro compromiso constante por mejorar el poder adquisitivo y de compra de la gente”.
“Junto con este nuevo incremento interanual del 125% del piso de Ganancias, en abril avanzamos para que las horas extras, los viáticos y los bonos por productividad, entre otros conceptos, no estén alcanzados por el impuesto: Un beneficio para 600.000 empleados”, destacó el Ministro.
Además, mediante un comunicado en el que se dio una resolución general, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) agregó que durante este año fiscal se sumarán nuevas exenciones al pago del impuesto que se aplicarán “en forma retroactiva y para todo el período fiscal 2023”.
Además, desde la entidad remarcaron que los ingresos que no deberían computarse para el cálculo del Impuesto a las Ganancias son: Bonos por productividad; Fallos de caja; Viáticos; Horas extra.
La medida corresponde a la ley N° 27718 de un solo artículo que señala que están exentas del gravamen, además el texto alega: “Las remuneraciones percibidas en concepto de guardias obligatorias, ya sean activas o pasivas, y horas extras realizadas por los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud, cuando la prestación del servicio se realice en centros de salud públicos o privados en todo el territorio nacional”.
La ley N° 27718 destaca: “El beneficio de este apartado debe indicarse en el recibo de haberes correspondiente al sujeto que tenga a su cargo el pago de la remuneración y/o liquidación del haber, identificándose con la leyenda ´Exención segundo párrafo del artículo 27 de la Ley de Impuesto a las Ganancias para las trabajadoras y trabajadores de la salud´”.







