El Juzgado Nacional de Trabajo rechazó el recurso de apelación presentado por el Gobierno Nacional y confirmó el fallo a favor de la Confederación de Trabajadores. Los artículos declarados inconstitucionales van en consonancia de la ley que obtuvo media sanción la semana anterior en Diputados, que busca dar un marco de ilegalidad a la protesta por pujas salariales en la docencia.
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo reconfirmó su fallo en favor del planteo realizado por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA), el cual anula por inconstitucionalidad los artículos 86, 87, 88 y 97 del DNU 70 dictado por Javier Milei que, a grandes rasgos, buscan “coartar la libertad sindical en materia de realización de asambleas, derecho a la negociación colectiva y cercenar hasta destruir el legítimo ejercicio del derecho de huelga”, según el comunicado publicado por la propia CTERA.
La decisión tomada por la Cámara del trabajo, festejada tanto por CTERA como por los distintos gremios particulares de cada provincia se da en un marco de plena puja salarial con el gobierno nacional, en donde cada vez son más recurrentes la toma de medidas de fuerza ante la postura férrea de un oficialismo que busca reducir la inflación a costa de la pérdida del poder adquisitivo de los y las trabajadoras.
En ese sentido, el comunicado emitido por la CTERA resalta que este fallo da una cuota de poder a los y las trabajadoras para poder disputar la puja salarial, y va en contra de “la estrategia del gobierno” de declarar a la educación como un servicio esencial para “impedir la protesta de los docentes”. Esto se efectuó a través de un proyecto de ley impulsado por el oficialismo, que ya obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados, y busca declarar a la educación como servicio esencial para que ningún contexto de lucha sindical impida la pérdida de una jornada de clases, mediante sanciones salariales.
Por supuesto, la elección del gobierno de La Libertad Avanza para garantizar los días de clase es el castigo, y no un aumento salarial digno que realmente intente recomponer el poder adquisitivo perdido. Esta lógica se ve reflejada en todos los ámbitos sindicales (varios de ellos intervenidos por el propio gobierno), en donde los acuerdos paritarios no llegan ni de cerca a recomponer el salario perdido durante los meses de diciembre, enero y febrero, cuando la mega devaluación del 120% al tipo de cambio oficial se trasladó a aumentos de precios e inflación escalada.
Así mismo, el comunicado de la Confederación de Trabajadores de la Educación recuerda que “el poder judicial ya declaró inconstitucional hace 20 años a propuesta de CTERA el Decreto N° 843 de De la Rúa y Resolución N° 481 de Bullrich, cuando era ministra de Trabajo”, y destaca que “por eso el proyecto votado en la cámara de diputados recientemente tiene el mismo vicio jurídico”.
“Este es un triunfo importantísimo porque defiende los derechos emanados de la Constitución Nacional y de tratados internacionales”, asegura el comunicado, y concluye que “la CTERA seguirá defendiendo la libertad sindical, herramienta histórica de las y los trabajadores para la demanda de justos reclamos y la defensa de nuestros derechos”.
De igual manera, ahora los distintos gremios y movimientos de lucha por los derechos del trabajador de la docencia deberán estar atentos a las resoluciones que tome el Senado en torno a la ley que busca declarar “servicio esencial obligatorio” a la educación, título que puede tener una connotación positiva, pero que a fin de cuentas persigue los mismos objetivos que aquellos artículos recientemente declarados inconstitucionales.
El proyecto que fue apoyado por los bloques de La Libertad Avanza, el PRO y la variada oposición dialoguista recibió 131 votos afirmativos, 95 negativos y dos abstenciones. Entre los opositores se encontraron los bloques de Unión por la Patria y el Frente de Izquierda, quienes alegaron que la medida busca cercenar el derecho a la huelga, exactamente en la misma línea que iban los artículos 86, 87, 88 y 97.
En ese sentido, el proyecto que obtuvo media sanción busca garantizar “guardias docentes” que cumplan con un 30% del personal en el caso de que la medida salarial se extienda de 24 a 48 horas. Si ésta pasa las 48 horas el porcentaje deberá elevarse al 50%. “Es regular el derecho de huelga como ya lo ha dicho claramente el informante del oficialismo”, describió en el marco de la sesión parlamentaria la diputada de Unión por la Patria, Blanca Osuna.
Por su parte, la diputada del Frente de Izquierda, Viviana Blasi, aseguró: “Nosotros vamos a defender la docencia, el derecho a la protesta. Quienes quieren prohibirlo son los verdaderos responsables de que la educación no sea de calidad en la Argentina”.
El proyecto resulta ser una versión “beta” de aquel que fue impulsado dentro de la Ley Bases por el actual presidente de la Comisión de Educación y ex ministro de Educación durante el gobierno de Mauricio Macri, Alejandro Finocchiaro, uno de los cuales no fue retirado por el oficialismo ante la “poda” de artículos que recibió durante el tratamiento de la misma.
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