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A través de una Resolución, publicada en el Boletín Oficial, el oficialismo habilitó a los Agentes del Seguro de Salud y las entidades de medicina prepaga a fijar libremente los precios de los coseguros. Hasta el momento, los valores eran determinados por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS).

El Gobierno Nacional determinó la liberación de los precios de los coseguros, a través de la Resolución 1926/2024 publicada en el Boletín Oficial. Hasta el momento, los valores eran estipulados por la Superintendencia de Servicios de Salud (SSS). Ahora, con la nueva normativa los montos serán fijados por las prepagas y las obras sociales.

De esta manera, el oficialismo determinó dejar “sin efecto los aranceles vigentes en concepto de coseguros establecidos para las prestaciones médico-asistenciales contempladas en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y sus normas complementarias, que no se encontrarán exentas conforme el marco normativo vigente; los que podrán ser fijados libremente por parte de las entidades”.

Uno de los fundamentos que presenta la normativa para tal decisión es que tiene “el objetivo de garantizar una mayor competitividad y transparencia en el Subsistema de Salud, asegurando al mismo tiempo que los usuarios conozcan claramente qué servicios pueden requerir un costo adicional”.

Según precisó el Ejecutivo, ahora tanto las entidades de medicina prepaga como los agentes del Seguro de Salud tendrán las facultades de “fijar libremente los valores de los coseguros de las distintas prestaciones médicas comprendidas”. Al respecto, puntualizó que la nueva normativa no incide en el sistema público y aseguró que “estos cambios impulsan la libre competencia entre los Agentes del Sistema del Seguro de Salud y que los beneficiarios elijan con mayor libertad”.

Sin embargo, con esta nueva desregulación en el sector sanitario -que ya había tenido la liberación de los precios en las cuotas de la medicina prepaga a principios de la administración liderada por Javier Milei- los beneficiarios sufrirán aumentos probablemente desmedidos. Sin ir más lejos, eso ocurrió con las prepagas, lo que obligó al gobierno a recurrir a una cautelar para limitar el alcance de las subas, pese a que la misma quedó sin efecto tras el acuerdo con las empresas sobre un plan de reintegro. De esta forma, se volvió a permitir ajustes sin restricciones.

Cabe señalar que todas las prestaciones médicas se veran golpeadas por esta resolución, menos las que ya estaban exceptuadas, que son las vinculadas a tratamientos oncológicos, discapacidad, plan materno infantil, y las previstas en las normativas para el tratamiento de Hepatitis, VIH y transmisibles, y de las comprendidas por el Sistema Nacional de Protección de Trasplantados.

Con respecto a los valores de los coseguros asociados a cada prestación médica, la normativa dispone que deberán “ser debida y fehacientemente informados a los beneficiarios con 30 días de antelación y, además, serán publicados en la página web de la Superintendencia de Servicios de Salud”.

Finalmente, en las contemplaciones de la resolución se estipulo que por el DNU 70/2023 “se propició liberar las restricciones a los valores de las cuotas de los planes de salud del subsistema de medicina prepaga para aumentar la competitividad del Subsistema de Salud”. Además, se especificó que la liberación en el precio de los copagos también responde al Decreto enunciado.


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