El Juzgado Nacional del Trabajo N.º 69 resolvió suspender el cobro de coseguros por parte de la obra social de UPCN, una práctica que afectaba a miles de trabajadores del Estado. La decisión, impulsada por la Asociación de Trabajadores del Estado, sienta un precedente clave en la lucha por la igualdad en el acceso a la salud y la defensa de los derechos colectivos.
En un nuevo triunfo para las y los trabajadores estatales, la Justicia ordenó suspender el cobro ilegal y discriminatorio de coseguros por parte de la Obra Social Unión Personal (UPCN). La medida fue dictada por el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N.º 69, que consideró que la práctica vulneraba el derecho a la salud y la libertad sindical de quienes no pertenecen a ese gremio.
El fallo establece que la obra social deberá mantener la bonificación del coseguro para todos los afiliados, estén o no afiliados a UPCN, bajo apercibimiento de multas diarias en caso de incumplimiento. Además, ordena inscribir el caso en el Registro Público de Procesos Colectivos, reconociendo que se trata de una causa de incidencia colectiva que involucra a todo el universo de trabajadoras y trabajadores del Estado.
Desde la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) Capital, organización que viene denunciando esta situación hace años, celebraron la resolución como una victoria colectiva frente a la desigualdad estructural que atraviesa al sistema de salud estatal. “El coseguro es ilegal; seguimos luchando por la igualdad de cobertura médica para todas y todos los estatales”, expresaron desde el sindicato.
El juez José Ignacio Ramonet, en su dictamen, sostuvo que el pago del coseguro condicionaba el acceso a prestaciones médicas y “obligaba” de hecho a los trabajadores a afiliarse a UPCN, generando una discriminación contraria al derecho constitucional a la libre afiliación sindical. También reconoció el “peligro en la demora”, señalando que de no dictarse la medida cautelar, se afectaría de manera directa el derecho a la salud del colectivo involucrado.
La resolución no solo devuelve justicia en un ámbito sensible como el de la salud, sino que exhibe la necesidad de revisar el funcionamiento de las obras sociales y sus mecanismos de financiamiento. En tiempos de ajuste y desregulación, este fallo reafirma la importancia de la organización sindical y la acción colectiva como herramientas de defensa de los derechos laborales.
Desde ATE Capital remarcaron que este logro es parte de una disputa más amplia por la democratización del Estado y la equidad en los servicios públicos, recordando que el acceso a la salud no puede estar condicionado por la afiliación gremial ni por intereses corporativos.
Finalmente, la sentencia constituye una advertencia a las prácticas desleales y discriminatorias dentro del sistema sindical argentino, y marca un paso más en la pelea por una salud pública, universal y sin privilegios. Porque cuando las y los trabajadores se organizan, la justicia también puede convertirse en una trinchera de dignidad.
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