Nuevas medidas de fiscalización de AFIP y Agricultura a productores de granos

Nuevas medidas de fiscalización de AFIP y Agricultura a productores de granos

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Luego de que se reporten maniobras ilegales y de contrabando, el fisco ordenó que los productores informen dos veces al año el volumen de la producción.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y el Ministerio de Agricultura, mediante las resoluciones generales conjuntas 5236/2022 y 5237/2022 publicadas en el Boletín Oficial, dispusieron que los productores deberán informar dos veces al año el volumen de la producción de granos obtenida durante cada campaña: en la finalización de la cosecha gruesa y en la de la fina. El objetivo es mejorar la información disponible en las bases de datos y optimizar los procesos de fiscalización.

Además, establecieron que los productores reporten anualmente sus existencias de trigo, a fines de febrero. Las adecuaciones introducidas al Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA), la base de datos en la que se declaran distintos datos sobre la actividad, fortalecen la capacidad estatal para desarticular maniobras de evasión y benefician a aquellos actores que cumplen con sus obligaciones.

Las medidas sirven como estrategia conjunta para optimizar las herramientas de fiscalización. De esta manera la AFIP y Agricultura definieron que los distribuidores y mayoristas del sector harinero tendrán que utilizar de forma obligatoria el Remito Electrónico Harinero (REH) en el momento que envíen mercadería a las panaderías.

La extensión del uso del documento digital, que ampara el traslado de harinas y subproductos derivados de la molienda de trigo, amplía la trazabilidad en la cadena de comercialización del sector, porque la herramienta que obligaba a los molinos, primer eslabón de la cadena, a emitir el remito, ahora alcanzará también a los distribuidores y mayoristas que venden harina a las panaderías. 

En este sentido, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, expresó que “la digitalización de la documentación y la mejora permanente en los datos sectoriales fortalece las tareas de control y fiscalización realizadas en forma coordinada por las distintas áreas del Estado para desarticular operaciones irregulares que no solo afectan el financiamiento de las políticas públicas, sino que también perjudican a los actores que cumplen con las reglas“.

Además, las normativas son parte de las medidas instrumentadas por las distintas áreas especializadas para mejorar las capacidades de fiscalización. Las herramientas se suman a la reciente incorporación de la carta de porte electrónica para el transporte de subproductos granarios. También, las mejoras introducidas por la normativa, ayudan a la información disponible en las bases de datos estatales sobre las existencias de trigo, una vez finalizada la cosecha de ese cultivo y fortalecen las políticas de fiscalización sobre la actividad con el objetivo de desarticular maniobras de evasión y de contrabando.

Asimismo, las adecuaciones al SISA le permitirán al fisco contar con datos más precisos con relación a la producción obtenida en las cosechas fina y gruesa y los rindes por hectárea de las explotaciones agrícolas.

Se declaró la emergencia agropecuaria en Santiago del Estero

Se declaró la emergencia agropecuaria en Santiago del Estero

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Lo hizo a través de la resolución 111/2022 publicada en el Boletín y se extiende desde el 1 de febrero último y hasta el 31 de enero de 2023.

El Ministerio de Agricultura declaró la emergencia agropecuaria en Santiago del Estero debido a las incesantes sequías. Por la baja de producción se prevén caídas en las explotaciones de alfalfa, algodón, sorgo, maíz, girasol, pasturas, y a las apícolas, frutihortícolas y de ganado mayor y menor, de carne y leche.

Mediante la resolución 111/2022, el documento publicado este viernes en el boletín oficial establece que durante la fecha comprendida en la emergencia, la cual se extiende desde el 1 de febrero hasta el 31 de enero de 2023, los productores afectados podrán presentar un certificado extendido por la autoridad competente de la provincia para acceder a los beneficios de dicho programa. En el certificado deberán probar que sus predios se encuentran afectados por los casos previstos.

De esta manera, el gobierno provincial presentará una copia del certificado en la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios por cada uno de los afectados, otorgándole así el acceso al programa.

Además, las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), arbitrarán los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en la resolución gocen de los beneficios previstos.

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