Finalmente, la Vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, hizo uso de su instancia de apelación donde pidió su absolución por falta de relación directa en las pruebas. La decisión recae en el organismo que cada vez es mas apuntado por diversos sectores sociales por romper con la democracia.
La defensa de la Vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, en conjunto con el Ministerio Público Fiscal, presentaron ante el Tribunal Oral Federal 2 y mediante el recurso de apelación, el pedido de absolución a la ex presidenta en la causa “vialidad” 24 horas antes de que esta instancia finalice.
Los abogados Carlos Beraldi y Ary Llernovoy firmaron la instancia pedida por Fernández, en la cual reafirma su inocencia a través de un comunicado de 395 páginas que deberá ser elevado a la Cámara de Casación Penal donde buscará hacerse valer en base a la columna vertebral de dicho pedido. La presentación se sostiene en la falta de prueba directa contra la acusada en las maniobras por las cuales fue acusada.
“Nosotros observamos que durante los tres años y medio que duró el proceso del juicio no se pudo probar la hipótesis de la fiscalía, es decir, nunca se pudo atribuir una determinada conducta ilícita al accionar directo de la entonces presidenta, lo cual es esencial en materia de condena”, explicó en comunicación con Revista Trinchera Claudia Viviana Roca, abogada y presidenta de la Asociación Americana de Juristas – Rama Argentina (AAJ).
Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola presentaron a principios de diciembre una condena de seis años de prisión para la ex presidenta de la Nación, donde se esgrimía una hipotética comisión de delito de administración fraudulenta, agravada por ser cometida en perjuicio de administración pública. “En el momento que fue dada a conocer esta sentencia entendimos que básicamente se pedía la proscripción de la doctora Cristina Fernández de Kirchner”, remarcó Roca y añadió que desde la AAJ pudieron ver que “ese juicio estuvo plagado de violaciones a las garantías del debido proceso”, lo cual según sus explicaciones llegó hasta la negativa de un pedido de ampliación de declaración indagatoria que fue formulada por la actual vicepresidenta, lo que “viola el artículo 380 procesal penal de la Nación”. Además de los vínculos entre el fiscal y el juez del tribunal sentenciante, lo que también viola el “principio 1,3 de las reglas que pesan sobre la conducta judicial, conocidos como principios de Bangalore”, que indican que un juez tiene que estar libre de conexiones inapropiadas con el poder ejecutivo y legislativo, demostrándolo así públicamente.
“Recurren a 1600 hojas de sentencia para hacer un desarrollo obsceno en una sentencia, para tapar que lo que no existe es un vínculo directo en una conducta determinada a Cristina Fernández de Kirchner”, prosiguió en su análisis la presidenta de la Asociación de Juristas y añadió que para ello se ignoraron archivos de audio “vinculados a un montón de personas menos a la vicepresidenta”. Además remarcó que la absolución del ex ministro de Economía y Obras Públicas, Julio De Vido, es una prueba de la nula comprobación, ya que pertenece a una cadena de “delegación natural” que se rompe en el eslabón del mencionado ministro.
El pedido de absolución en la instancia de apelación por parte de Cristina Fernández era una vía esperable y lógica de respuesta por parte de su equipo de defensa. Las posibilidades de que la Corte Suprema lo tenga en cuenta se reducen por ser un Poder Judicial co-actuado y funcional a distintos intereses que delibera el caso. Por lo mismo, las movilizaciones en contra del poder Judicial que no representa al voto popular han sido recurrentes en los últimos meses, como es el caso del ayuno de una semana llevado a cabo por el Padre “Paco” Olveira (cura en opción por los pobres) junto a otros cuatro colegas.
En el mismo sentido, la Asociación de Juristas manifestó: “creemos en la democracia y por eso realizamos en agosto del año pasado una presentación pidiendo el juicio político a esta corte suprema en diez hechos distintos”, pero “sin ignorar que representan la cúpula de un poder judicial completamente co-actuado a intereses geopolíticos que no son los de toda la población”.
“Esta sentencia debería ser declarada nula ya que todo este episodio fue armado con el objetivo de proscribir a un sector político tirando a su líder, y el patrón repetido en toda Latinoamérica de lawfare da cuenta de ello”, concluyó Roca.


