AFIP embargó billeteras virtuales y aumentó 69% el reintegro para compras con débito

AFIP embargó billeteras virtuales y aumentó 69% el reintegro para compras con débito

TIEMPO DE LECTURA: 3 min.

La Administración Federal de Ingresos Públicos recuperó más de $800 millones de deudores relevantes. Además, incrementó 69% el reintegro a sectores vulnerados por consumos realizados con tarjeta de débito.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzó en el recupero de más de $800 millones de pesos en deudas acumuladas por contribuyentes morosos, a través de embargos sobre billeteras virtuales. Desde febrero, con el objetivo de asegurar el cobro de obligaciones impagas acumuladas, se incorporó a las billeteras virtuales al listado de activos sobre los cuales puede solicitarse la traba de embargos. 

Según informó el organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont, a lo largo de los últimos cuatro meses, juzgados de todo el país autorizaron 1.269 embargos sobre activos digitales de personas que acumulaban pasivos impagos. La decisión le permitió al organismo ampliar su capacidad para garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Magistrados de las provincias de Tucumán, Catamarca, Santa Fe, San Juan, Salta, Jujuy, Chaco, Formosa, Misiones, Entre Ríos, CABA, Neuquén, Córdoba, Santa Cruz, Chubut y distintos distritos de la provincia de Buenos Aires, entre otros, aprobaron las solicitudes realizadas por funcionarios y funcionarias de la AFIP con el objetivo de recuperar los montos adeudados a través de embargos a activos digitales.

Las retenciones sobre contribuyentes morosos que la Administración Federal requiere a la Justicia se concretan sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros. Asimismo, para determinar sobre qué cuentas solicitar la traba de embargos, el organismo se abastece del régimen informativo que, como sucede con las entidades financieras, obliga a las empresas del sector a reportar información referida a las cuentas de sus clientes.

Además, la normativa no establece un orden de prioridad sobre qué activos se debe avanzar primero a la hora de solicitar la traba de un embargo para cobrar deudas. No obstante, la práctica muestra que las medidas comienzan con los activos más líquidos, como las cuentas bancarias. Una vez que el saldo disponible es insuficiente o los contribuyentes no poseen ese tipo de colocaciones se procede a solicitar retenciones sobre otros activos.

Las ejecuciones de las deudas fiscales con la AFIP, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses como parte de las herramientas implementadas para amortiguar los efectos económicos de la pandemia de Covid-19. A lo largo de ese período, el organismo puso a disposición de los contribuyentes distintas herramientas que permitieron avanzar en la regularización de pasivos acumulados como consecuencia de la crisis del gobierno anterior, así como resultado de la irrupción de la pandemia.

Mediante el proceso de recuperación económica y con el objetivo de proteger el interés fiscal, el organismo retomó en febrero las ejecuciones fiscales de contribuyentes morosos. Además, la AFIP inició las ejecuciones fiscales a los contribuyentes más riesgosos y con mayores montos de deuda. El proceso que se está realizando en forma gradual sumó la posibilidad de solicitar embargos sobre activos digitales.

Por otra parte, a través de la Resolución General 5221/2022, la AFIP informó que incrementó 69% el reintegro a sectores vulnerados por consumos realizados con tarjeta de débito. El nuevo monto será $2.028 mensuales y estará vigente hasta el 31 de diciembre. El documento resalta que “alcanza a las personas cuyo único ingreso sea una jubilación o pensión de haber mínimo y titulares de AUH y la Asignación Universal por Embarazo”.

Según informó el organismo, el objetivo es ofrecer “un impulso adicional a los consumos que realizan todos los meses más de 2 millones de personas”. Además, el beneficio alcanza a las compras realizadas en farmacias, comercios de cercanía, mini, súper e hipermercados, kioscos y almacenes. Asimismo, el valor máximo para titulares de la AUH con 2 o más hijos será de $4.057.

En este sentido, la AFIP destacó que “el reintegro se acredita en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan sus compras con tarjeta de débito mientras que también están alcanzadas las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR)”.

Además de fortalecer el consumo, la herramienta tiene por objetivo favorecer el acceso a servicios financieros para contribuir a la reducción de las brechas sociales, territoriales y de género. “Es importante destacar que, por tratarse de un régimen financiado con una partida presupuestaria asignada a tales efectos por el Ministerio de Economía, no afecta a la coparticipación federal”, concluyó el documento.

¡Quiero suscribirme!
1
Más rápido y fácil
Difusiones Trinchera
Hola
Si querés que te incluyamos en nuestras listas de difusión de publicaciones y promoción de entrevistas en vivo, envianos un mensaje para suscribirte y te llegará toda nuestra información.
¡Sumate a la Comunidad Trinchera!