El Gobierno reglamentó el artículo 179 de la ley de Contrato de Trabajo que obliga a las empresas, que iguala o supera la centena de trabajadores, a contar con guarderías para niñes de entre 45 días y tres años de edad.
El decreto 144/2022, publicado hoy en el Boletín Oficial, y que reglamenta el artículo 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 indica que los establecimientos en los que trabajen 100 o más personas, independientemente de las modalidades de contratación, deberán ofrecer espacios de cuidado para niños y niñas de entre 45 días y 3 años que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada laboral.
Asimismo, sostiene que los empleadores y las empleadoras cuyos establecimientos se encuentren dentro de un mismo parque industrial o a una distancia menor a 2 kilómetros entre sí, deberán disponer de la implementación de esos espacios de cuidado de manera conjunta dentro de ese radio.
Además, el decreto indica que las empresas podrán subcontratar la implementación de los espacios de cuidado en tanto cumplan con las condiciones adecuadas. A su vez prevé la posibilidad del pago de una suma de dinero no remunerativa para el cumplimiento de esta obligación. En tanto las empresas tendrán el plazo de un año para adecuarse a la normativa, por lo cual su incumplimiento será considerado “una infracción laboral muy grave”.
El decreto que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; el Jefe de Gabinete, Juan Manzur; el ministro Claudio Moroni (Trabajo y Previsión) y la ministra Elizabeth Gómez Alcorta (Mujeres, Mujeres, Géneros y Diversidad), en su Artículo 4, sostiene que “en los Convenios Colectivos de Trabajo podrá preverse el reemplazo de la obligación de la presente medida por el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas, debidamente documentados”.
Se especificó que el monto a reintegrar en concepto de pago por guardería o trabajo de asistencia y cuidado no terapéutico de personas no podrá ser inferior a una suma equivalente al 40% del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” del Personal con retiro del régimen previsto en la Ley N° 26.844, o al monto efectivamente gastado en caso de ser menor.
Además se aclara que en los Contratos de Trabajo a Tiempo Parcial, el monto a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a tiempo completo. Para los empleados y empleadas que realizan teletrabajo, según lo previsto en el artículo 102 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en la Ley N° 27.555, se le deberá abonar la suma no remunerativa.
En nuestro país, y en el mundo, la mayor parte de las tareas de cuidado recaen sobre las mujeres, aún más cuando hablamos de trabajo no remunerado, construido históricamente como la muestra de amor necesaria para el funcionamiento de matrimonios y familias. Al mismo tiempo, las mujeres son quienes tienen más dificultades que los varones para acceder al mercado de trabajo remunerado, y mucho más al trabajo registrado.
Condiciones desiguales y brecha de género: menos trabajo, más desocupación, peores salarios, mayor informalidad y precarización, trayectorias laborales interrumpidas, sobrecarga laboral por las tareas de cuidado. La división sexual del trabajo sigue vigente, y excluyente. Estas dimensiones, entre otras, hacen de factores clave a la hora de hablar de la feminización de la pobreza, pero en particular también sobre la menor acumulación de aportes jubilatorios por parte de las mujeres y personas gestantes, brecha que se amplía cuando hay hijes.
¿De dónde partimos?
En 2020, la Dirección Nacional de Economía, Igualdad y Género, que conduce Mercedes D’Alessandro, realizó el informe “Los cuidados, un sector económico estratégico. Medición del aporte del Trabajo doméstico y de cuidados no remunerado al Producto Interno Bruto”, y puso en números uno de los principales reclamos del movimiento feminista: el 75,7% de las tareas de cuidado en el país son realizadas por mujeres, más de las tres cuartas partes, y se dedican diariamente 96 millones de horas de trabajo no remuneradas a las tareas del hogar y los cuidados. Y advirtió sobre el peso de este trabajo no remunerado en el sistema productivo nacional: el Trabajo Doméstico y de Cuidados No Remunerado representa el 16% del PBI (Producto Bruto Interno) y es el sector de mayor aporte en toda la economía.
Dirección de Economía, Igualdad y Género
Con la crisis generada por la pandemia de coronavirus, la situación empeoró. El cierre de escuelas y espacios de cuidado aumentó el trabajo no remunerado y fue la economía de los cuidados la que sostuvo el funcionamiento social. Mientras caía la actividad de muchos sectores productivos, el trabajo de cuidados aumentó su nivel al 21,8% del PBI, 5,9% más que en la medición pre pandemia. Así como aumentó, también se visibilizó la desigual organización social de los cuidados, y su impacto en términos de género y de clase.
Y ante esto, ¿qué? Más políticas públicas que busquen reparar la distribución desigual y la sobrecarga de las tareas de cuidado, así como las inequidades del mercado de trabajo, y que garanticen derechos a todas las mujeres argentinas: el acceso a la jubilación es uno de ellos.
Remunerar y reparar
155.000 mujeres y personas gestantes con hijes, que están en edad de jubilarse pero no alcanzan a cumplir con los treinta años de aportes registrados por haberse dedicado a la crianza y los cuidados, podrán acceder a este derecho. Una medida que se venía especulando desde hacía varios meses, y que la semana pasada finalmente anunció Fernanda Raverta, la titular de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), junto al presidente Alberto Fernández.
El “Programa Integral de Reconocimiento de Períodos de Aporte por Tareas de Cuidado” reconoce y remunera el trabajo históricamente invisibilizado de miles de mujeres y personas gestantes. Es decir, reconoce a las tareas de cuidado y crianza como un trabajo y suma años de servicios previsionales por cantidad de hijes y licencias por maternidad de la persona gestante. Este lunes quedó oficializado a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 475/2021 publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente y el gabinete nacional, aunque no se descarta un proyecto de ley que se discuta en el Congreso Nacional.
En nuestro país, el 94% de las personas que tienen las condiciones de jubilarse ya lo han hecho, un sistema previsional sólido pero del que aún quedan por fuera un 6% que no está alcanzado por la cobertura, y que se debe a diferentes razones, algunes no iniciaron los trámites, otres siguen ejerciendo la actividad profesional, y el universo al que esta medida beneficia: aquellas personas imposibilitadas porque no cumplen los requisitos.
En detalle, el nuevo reconocimiento del Estado propone que aquellas mujeres o personas gestantes que en su momento han sido excluidas o precarizadas por el mercado laboral formal por estar cuidando a sus hijes, y que tienen entre 60 y 64 años, sin los treinta de aporte, puedan computar años para acceder a la jubilación, que en el corto plazo impactará en más de 150 mil mujeres, de un total de aproximadamente 300 mil mujeres de entre 59 y 64 años que no pueden hacerlo por la falta de aportes.
El plan, que estará vigente desde el 1 de agosto, otorga un año de aportes por cada une de les hijes en los que las mujeres y personas gestantes hayan invertido su tiempo. En el caso de que le hije haya sido adoptade siendo menor de edad, se reconocen dos años; también dos años si se trata de hijes con discapacidad, teniendo en cuenta que la demanda de atención y cuidado es mayor, y tres años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo para Protección Social por al menos 12 meses continuos o discontinuos.
La Anses advirtió que eran mujeres, que además eran madres, quienes conformaban una mayoría dentro del grupo de argentines que no tenían una jubilación registrada. Y que, de ese grupo de mujeres que ahora podrán hacerlo, 30.000 son titulares de la Asignación Universal por Hijo: allí se encontraba el mayor déficit en la cantidad de años de trabajo registrados. Con esta perspectiva, se desprende que el gobierno nacional ha comprendido la importancia de un acompañamiento adicional a las mujeres que atravesaron y atraviesan vulnerabilidad socioeconómica, lo que dificulta el ingreso al mercado laboral y aún más cuando se habla de delegar en otres las tareas de cuidado.
Y otro aspecto que no es menor: la medida también reconoce los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijes.
Una construcción feminista
“Eso que llaman amor, es trabajo no pago”: la consigna feminista vuelve a aparecer como bandera de una política pública y de un gobierno nacional que ha puesto a los cuidados en el centro de su agenda, con perspectiva de género y una mirada transversal: nació el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad; a principios del año pasado se creó la Dirección Nacional de Cuidados Integrales; se impulsó la conformación de la Mesa Interministerial de Políticas de Cuidados; y la iniciativa de un proyecto de Ley del Sistema Integral de Cuidados con Perspectiva de Género, a cargo de una Comisión Redactora que se conformó en noviembre de 2020.
Esto se suma a una amplia, y más larga, trayectoria de reconocimiento de estas tareas feminizadas: tanto Néstor Kirchner como Cristina Fernández de Kirchner supieron trazar un legado en la incorporación de personas al sistema previsional. Ya en 2005, Néstor incorporó 2,8 millones de adultos mayores a través del “Plan de Inclusión Previsional”. En 2014, Cristina hizo lo suyo con las “jubilaciones de amas de casa”, la Ley 26.970, que amplió la moratoria y concedió la jubilación a más de 2,7 millones de personas que no tenían aportes registrados. Una política pública valorizada por los feminismos, de la que más del 80% de les beneficiaries fueron mujeres, amas de casa dedicadas a las tareas de cuidado o al trabajo informal.
Ambas medidas tuvieron gran efecto de género, como recupera el DNU publicado este lunes: según los registros de la Seguridad Social y hasta hoy en día, el 74% de las prestaciones que fueron obtenidas por moratoria corresponden a mujeres, evidenciando la necesidad de implementar políticas con perspectiva de género para revertir las brechas en el acceso al derecho a la seguridad social.
Concentración de las trabajadoras organizadas hacia la sede del ANSES en 2019
Las trabas en el acceso al derecho a la seguridad social en la vejez generan situaciones de desamparo o dependencia económica. Las tareas de cuidado han sido feminizadas y romantizadas por un sistema que oprime y excluye a las mujeres y personas gestantes de la vida pública, laboral, remunerada. El enfoque de género, una mirada que comprenda el carácter estructural de la desigualdad tanto en el sistema productivo como en la distribución del cuidado, así como su aporte fundamental en la economía, es ineludible para la construcción de una sociedad más justa y equitativa.
El reconocimiento de aportes, el acceso a la jubilación para miles de mujeres, es el reconocimiento de las vidas destinadas al cuidado y la crianza, es la visibilización de una desigualdad estructural e histórica, y es una reparación que iguala oportunidades y garantiza derechos. Reparar es también comenzar a construir un futuro con justicia social, y feminista. Esta inclusión es un nuevo piso de derechos para mujeres y personas gestantes con hijes, un piso sobre el que hay que continuar construyendo.
Nací en el interior de Buenos Aires: los porteños nos confunden con ParqueChacabuco.De crianza gorila, devenida en pseudo-troska por contraste, hoyperonista por convicción.Mi canción favorita a los 10 años era Los Salierisde Charly, de León Gieco.
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