Inseguridad(es) y el miedo como ingrediente del fascismo

Inseguridad(es) y el miedo como ingrediente del fascismo

TIEMPO DE LECTURA: 5 min.

En campaña electoral y prácticamente durante los gobiernos frenteamplistas, la seguridad fue el caballo de batalla de la derecha que en este tema encontró una grieta para minar la imagen del centroizquierdista Frente Amplio. 

¿De qué hablamos cuando hablamos de inseguridad(es)? 

Cuando hablamos de inseguridad generalmente se hace en singular como si existiera un solo tipo. Por eso, una de las primeras barreras a saltar es la del lenguaje y su representación. Ya que opera y construye realidad, si entendemos que el lenguaje es la forma por la que  conocemos o por lo menos que codificamos. Ante esto tenemos que hablar entonces de inseguridades en plural. 

Existe una matriz que nos condiciona, dispositivos que producen sentido donde se visibilizan, se les da más foco, se hace hincapié y otras prácticas, que ponen en el centro de atención a algunos delitos y a otros no. Una maquinaria comunicacional que opera a gran escala, reforzando distintos valores y preconceptos sobre determinados sectores de la población. Generando procesos de subjetivación que terminan definiendo una perspectiva sobre más seguridad del país.

Se apela a sentimientos primarios: angustia, dolor, rabia. A situaciones donde se hayan tenido experiencias traumáticas. Las soluciones a las que se acude rápidamente son: cárceles, policías, penas más duras. Todo desde una óptica meramente punitiva. Se empieza a desplegar todo un mecanismo jurídico-policial para dar “solución” a un tema policausal y que se debe de intervenir desde distintas perspectivas.

Las soluciones que se plantean ante este fenómeno, son de tipo “mágico”, efectista, instantáneo e inmediato. Se pretende que ante penas más duras los delincuentes desistan de cometer delitos. Ante una policía efectiva en tema de arrestos y una justicia que condene con celeridad, los delincuentes opten por no delinquir más. 

A pesar de los gobiernos de distinto signo, los delitos siguen aumentando considerablemente. En el año 1987 el 80% de los uruguayos se sentían inseguros en su barrio. En la década del 90 se dispararon las cifras de ciertos delitos y además empezó a consolidarse la infantilización de la pobreza producto de las políticas neoliberales de los gobiernos de ese entonces. La década del 90 fue la antecesora a la crisis del 2002, donde se fue gestando un proceso de pauperización de la población y en varios ámbitos de la sociedad. Como ser la educación, la seguridad pública, la salud, etc.

¿Qué hace la crisis del 2002? Reaviva los viejos temores de la desidentificación. El peligro no es necesariamente la gente pobre, los sectores más postergados y vulnerados de este sistema, sino que el peligro sería quedar como ellos. El temor a la pérdida de un cierto status social, de una potencia económica, de un sistema de valores, el temor se vuelve hostilidad. En 2004 el 51% confesó miedo ante personas pobres que habitan ciertos barrios o asentamientos. El 8% ante desocupados o marginales. 

De la hostilidad a los discursos de odio, a los linchamientos, la justicia por mano propia. Se carga las tintas sobre un sector de la población que no es la que genera las desigualdades ni acumula riqueza sobre las espaldas de sectores empobrecidos. De allí el odio a los pobres, a los inmigrantes y a cualquier minoría. Se vuelven amenaza para sectores de la población que se autoidentifican dentro de la ficción de la clase media, pero que hasta hace no mucho engrosaban la lista de los sectores al que le echaban la culpa de todos los males de la nación. 

¿Dónde estamos?

Uruguay posee una de las tasas de encarcelamiento más altas de América Latina. Esto desmiente el imaginario colectivo de que la policía y el sistema judicial dejan libres a los delincuentes o entran por una puerta y salen por otra. De igual manera, no es algo de lo que estar orgullosos, porque las cárceles están atestadas de jóvenes pobres menores de 29 años. En un país donde seguimos siendo los mismos tres millones de siempre, tenemos el futuro obturado.

Varios sectores y votantes del Frente Amplio han caído en la trampa de la derecha casi que sin ayuda. El discurso del progresismo hoy se afilia a las tesis y la retórica de la derecha, con consignas punitivistas y que enrostra en la cara de los votantes de la coalición multicolor de derechas, cada vez que se comete un homicidio. Lo mismo que hacía la derecha y que pedía la renuncia de los ministros del Interior cada vez que se cometía un delito. 

La salida que se propone sigue siendo la misma por la que entramos en este problema. Más cárceles, más dispositivos punitivos, más policías, más militares, más represión, cortando por el lado más fino la cuerda y después nos asustamos cuando la bomba nos explota en la cara.

Por más que la derecha cuando gobernó y gobierna, sigue ensanchando la brecha de desigualdad en la población y alimentando las condiciones en las cuales se reproduce la delincuencia, y el progresismo haya tratado de paliar esa situación; las políticas en seguridad no han diferido mucho. Lo que en los 90 se llamaban razzias, en el período progresista eran “operativos de saturación”. Con la izquierda se construían planes de ayuda social y con la derecha se sostuvo el mismo garrote de los sectores concentrados de poder.

La derecha captó el descontento, se propuso como la salvadora de la República ante el “caos reinante de la delincuencia.” Hoy al ser gobierno, ajustan más la perilla y la represión es algo que les surge de los poros y más con una formación que tiene a la ultraderecha militar en su seno. Pero como decíamos, el progresismo se posicionó del otro lado del mostrador con un discurso “ asusta viejas” y no con una propuesta superadora del palo y la cárcel hacia los pobres. 

Como plantea el psicólogo y jesuita Martín -Baró precisamos “modelos de identificaciòn que, en lugar de encadenar y enajenar a los pueblos, les abra el horizonte hacia su liberación y realizaciòn.”

Artículo publicado originalmente en Periferia

Nicolás Centurión
Nicolás Centurión

Como dice un rapero: «por amor y por vicio… se convirtió en mi oficio.» La palabra se milita. Junto café con palabras para subsistir en este paréntesis, desde la periferia.

Ley Penal Juvenil: una deuda de la democracia

Ley Penal Juvenil: una deuda de la democracia

TIEMPO DE LECTURA: 7 min.

Por Adrián Berrozpe*

“Si el hombre fracasa en conciliar la justicia y la libertad, fracasa en todo” Albert Camus.

Como fue con la “Ley de Medios” en el año 2009, nuestra sociedad necesita darse un profundo y sentido debate que desemboque en una Ley Penal Juvenil de la democracia, porque esta deuda de casi 40 años con nuestras niñeces, adolescencias y juventudes, cada día se hace más pesada.

La Ley de Videla

Posiblemente el Régimen Penal de la Minoridad (también llamado Ley Penal Juvenil) toca fibras sensibles por izquierda y derecha. La Ley 22.278 fue una imposición a través de un decreto ley por parte de la dictadura cíviico-militar y aceptada dentro de un paquete en conjunto con otros decretos ley en el traspaso democrático al gobierno de la endeble democracia de RaúlAlfonsín.

Dentro de la historicidad de la 22.278, hay que entender que la misma fue decretada en el año 1980, durante el gobierno de facto de Jorge Rafael Videla y diez años antes de que la Argentina adhiriera a la Convención Internacional de los Derechos del Niño. Esta ley fue parte de una jugada del gobierno militar para generar una concentración de poder dentro de la estructura judicial, que se encontraba copada por una camarilla de jueces pro-militares, que venían ya siendo beneficiados con decretos ley que aumentaban su poder sobre la sociedad.

La ley 22.278 principalmente deposita en la subjetividad y discrecionalidad de los jueces y juezas el futuro de cualquier infractor que tenga entre 16 y 18 años, sentando aquí la base de la ley[1]. Ella tampoco plantea un periodo claro para la definición judicial frente a la posible infracción cometida, ya que habla de un periodo de un año, pero aclara que de así considerarlo el juez/jueza, podría ser un periodo aun mayor, a la vez que en su artículo primero le concede la guarda del joven al juez/jueza que actúa, si este/a así lo requiere.

Una aplicación que genera más desigualdades.

Sobre la aplicación de la Ley Penal Juvenil también hay que poner la lupa, ya que esta se da a través de un sistema de leyes de aplicación o regímenes penales juveniles distintos en cada una de las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (teniendo sus propias interpretaciones). El Régimen Penal Juvenil no prevé ni garantiza una federalización del “tratamiento del o la jóven infractor/a”, es decir un Régimen que permita las mismas posibilidades de tratamiento, estadía o proceso del o la joven infractor/a en CABA como en el Chaco, en Santa Fe como en Salta, ya que en cada distrito se realiza un gasto presupuestario diferente según lo considerado.

Tambiéndicha Ley ejerce una desigualdad machista en su aplicación en los territorios.La Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuenta hoy con un dispositivo CSRC (Centro Socio-Educativo de Régimen Cerrado) para varones de 18 a 21 años, pero no para mujeres que estén en la misma posibilidad de afrontar su proceso en estos, en vez de “cárceles de adultos” como es la situación actual. Tampoco se cuenta con un protocolo de actuación para el tratamiento de mujeres embarazadas, que se pueda aplicar en los dispositivos a lo largo del país.

Una ley que no repara, solo sigue ropiendo

La Ley Penal Juvenil en ninguno de sus artículos establece la reparación por parte de las y los jóvenes infractores sobre su ilícito, solamente habla de sanción (art. 3), penas privativas de libertad (art. 6) y privación de libertad (art. 10). Se deja allí nuevamente un vacío sobre la construcción de un “sujeto reflexivo” capaz de poder discernir qué es “correcto” o la “reinserción positiva en la sociedad” de los y las jóvenes.

Los encierros dictaminados por los jueces pueden carecer de condena alguna, proceso judicial o tratamiento (mientras el magistrado resuelve la pena), solo por considerar al infractor o la infractora (jóvenes adultos) como “peligrosos”; esto incluso vulnera tratados internacionales que ha firmado la Argentina.

En definitiva, la Ley de Videla no establece en ninguno de sus artículos la reparación del o la joven sobre su infracción, y menos aún contempla que él o ella pueda reinsertarse en un ambiente sano y con posibilidades para que no vuelva a delinquir. Se deja velado a la subjetividad de los jueces y juezas, y al trabajo a destajo que realizan los y las judiciales y los y las trabajadoras/es de Niñez, los cuales muchas veces carecen de las herramientas y el presupuesto apropiado, ya que la ley tampoco plantea desde dónde salen los recursos para su implementación.

Los jóvenes, luego de pasar algún tiempo privados de su libertad, en la gran mayoría de los casos vuelven a la situación de vulnerabilidad (en muchas veces extrema) previa a la infracción. La mayoría de estos jóvenes se encuentran en situación de calle, consumo o violencia por parte de adultos y solo son contados los que mantienen un seguimiento correcto por equipos profesionales, donde el Estado de una respuesta a la situación de vulnerabilidad y flagelación.

Una discusión necesaria y profunda, con los tiempos adecuados

El macrismo quiso utilizar la discusión de esta ley como “caballito de batalla” en años electorales, proponiendo la baja de punibilidad[2] y medidas aisladas mientras se recortaban (y se siguen recortando en CABA) los presupuestos para las políticas de niñez.

Aunque parezca imposible, la Ley que proponía la Alianza Cambiemos competía con el Régimen Penal de la dictadura en la estigmatización de los Niños, Niñas y jóvenes, siendo posiblemente aún más aberrante.

Se quiso imponer una doctrina policial, conocida como “la doctrina Chocobar”, que establecía “primero disparar y luego preguntar” y no casualmente el joven asesinado por el policía Luis Chocobar (que se encontraba de franco y fuera de su zona de actuación) luego de cometer un delito, tenía 18 años, venia de un barrio pobre de la Ciudad de Buenos Aires,era adicto y había pasado varias veces por el Centro de Admisión y Derivación que trabaja como parte de los CSRC, demostrando la falencias de la 22.278.Utilizando esto como “caballito de batalla”, se intentó promocionar en los medios una ley aún peor, con más falencias que la que rige actualmente, que no proponía una mirada integral del problema.

Desde el Estado se tiene que garantizar una discusión plena sobre una nueva Ley de la democracia, con los tiempos adecuados y no corriendo atrás de los calendarios electorales. Hay que garantizar la información a los representantes del pueblo y a la sociedad toda para que esta pueda darse esta necesaria discusión y generar soluciones de raíz que corrigan las miradas punitivistas y busquen soluciones integrales.

Nota del Autor: Para una última reflexión, tomo prestado la parte final de una declaración de la Asociación de Trabajadores del Estado (Sec. Capital), de su área de Niñez que complejiza la situación de las niñeces, reflexiona y propone como solución:

“En la medida en que sigamos pensando las soluciones a los problemas de inseguridad en términos exclusivamente punitivistas, no llegaremos nunca a desarrollar soluciones integrales que puedan traducirse en una mejor calidad de vida para toda la sociedad. La solución no es bajar la edad de punibilidad. La verdadera solución a la inseguridad implica invertir en educación, invertir en políticas públicas que ayuden a que cada vez haya menos desocupación, que lxspibxs vayan a la escuela a estudiar y no a comer, que ningún pibx tenga que salir a trabajar o se vea obligadx a terminar delinquiendo. Sabemos que la inseguridad viene de la mano de la vulneración de derechos básicos como el acceso a un trabajo digno o a que podamos llevar un plato de comida a la mesa, y por eso, insistimos, para terminar con la inseguridad necesitamos políticas públicas de calidad. El discurso punitivista solo tiene como objetivo aumentar los niveles de control y persecución en nuestra sociedad. No olvidemos nunca que el ajuste sólo cierra con más represión.”[3]


* Productor periodístico del programa de radio "Cabezas de Radio" que se emite los sábados de 9 a 12 hs en radio Ahijuna (FM 94.7). Trabajador de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil de CABA y colaborador de Revista Trinchera y Agencia Timón.

[1] ARTICULO 3º (Regimen Penal Juvenil 22.278) – La disposición determinará:

a) La obligada custodia del menor por parte del juez, para procurar la adecuada formación de aquél mediante su protección integral. Para alcanzar tal finalidad el magistrado podrá ordenar las medidas que crea conveniente respecto del menor, que siempre serán modificables en su beneficio;

b) La consiguiente restricción al ejercicio de la patria potestad o tutela, dentro de los límites impuestos y cumpliendo las indicaciones impartidas por la autoridad judicial, sin perjuicio de la vigencia de las obligaciones inherentes a los padres o al tutor;

c) El discernimiento de la guarda cuando así correspondiere.

[2] Edad donde un/a joven puede ser procesado judicialmente.

[3] http://www.atecapital.org/noticia/posicionamiento-ante-el-anuncio-de-la-baja-de-edad-de-punibilidad-

Cuando migrar es delito y cagar de hambre al pueblo no es infracción

Cuando migrar es delito y cagar de hambre al pueblo no es infracción

TIEMPO DE LECTURA: 5 min.

Por Floren Luengo*

En el año 2004, Argentina derogó la “Ley Videla” sancionada en 1981 y promulgó la Ley de Migraciones N°25.871, introduciendo el enfoque de derechos humanos. En 2017, el gobierno nacional de Mauricio Macri modificó ésta última con el Decreto 70/2017, hecho que el discurso oficial asoció directamente con la idea de que el problema de la inseguridad es consecuencia del ingreso de personas provenientes de países vecinos, específicamente de la región nuestroamericana [1]. Un claro alineamiento con las políticas migratorias de Trump en EEUU.

 “Que el Estado debe regular la política migratoria teniendo en
especial consideración el bien común”

¿Bienes para qué común?

La cita figura en el Decreto (70/2017) que firmó Mauricio Macri para modificar de la Ley de Migraciones N° 25.871, claramente anclándolo en la construcción del discurso de la inseguridad. En Jujuy se adoptó una nueva Ley que establece el cobro de los servicios públicos a los migrantes que se establezcan allí de manera transitoria. En Chubut el gobierno decretó la expulsión de todas las personas migrantes que tengan antecedentes penales. Ahora bien, ¿qué significa que las personas migren? Desde una perspectiva de género ¿Porqué se habla de una Feminización de la Migración?

Argentina derogó en 2004 la “Ley Videla” (sancionada 1981) y promulgó la Ley de Migraciones 25.871, que introduce el enfoque de los derechos humanos como eje rector, además de adoptar una perspectiva regional beneficiosa para las personas migrantes. La palabra migrar proviene del latín migrare que significa cambiar de residencia, moverse. La mayoría de las veces, los desplazamientos son consecuencia directa de las transformaciones socioeconómicas y las crecientes desigualdades de una economía global que presenta una interdependencia cada vez mayor y en la cual se producen distintos procesos de integración regional

En las últimas décadas, los países latinoamericanos han experimentado un creciente proceso de feminización de los flujos migratorios. En el caso de Argentina, las mujeres migrantes han pasado a constituir algo más del 50% en el censo 2010 (el último). Dentro de los tres grupos más dinámicos de migrantes, las personas llegan mayoritariamente de Bolivia, Paraguay y Perú, representando las mujeres en cada caso el 50,3%; 55,6% y 55% respectivamente. La inmigración femenina es superior a la masculina: 1.168.208 mujeres que migran, lo que supone el 54% del total, frente a los 996.316 de varones, que representan el 46 % restante.

De modo que, para llevar adelante la praxis de los feminismos en Nuestra América, es preciso establecer un trabajo analítico partiendo del Racismo de Estado: los procesos de racialización son inherentes a la colonialidad; ésta última como categoría y perspectiva teórica para pensar(nos) desde los conflictos geopolíticos mundiales.  El concepto de raza, para Aníbal Quijano, representa el eje que dinamiza a los procesos de socialización, a las economías mundiales y a las formas de dominio y expansión del imperialismo. 

Lo interesante para analizar de las noticias que crean algunos medios de (in)comunicación, no es Liz Moreta en sí misma ni la enfermera Vanessa Gómez Cueva, sino lo que éstas figuras representan para el sistema penal argentino y el imaginario social, así como por su condición de mujeres migrantes y originarias de países devastados por la sed acumulativa del capital. Estas dos sujetas políticas, han sido sujetadas por su pasado aun habiendo cumplido las condenas penales que se le atribuyen al rol de las mujeres migrantes que generalmente se enmarcan en causas de contrabando de estupefacientes. Pero cuando los prejuicios sociales se hacen carne tan profundamente en la sociedad, es más fácil -quizás- entablar decretos presidenciales para beneficiar las fronteras ideológicas. 

¿Será que la justicia sólo se contenta con el punitivismo sobre los cuerpos feminizados?

Las políticas sobre migración a menudo suelen ignorar la dimensión de género naturalizando situaciones de vulnerabilidad que afectan a muchas migrantes [2]. En Nuestra América, la criminalización de las mujeres e identidades disidentes en conflicto con la ley penal y la relación que éstas tienen con el sistema de justicia criminal, ha generado que desde hace más de 30 años los feminismos lleven adelante estudios y denuncien la discriminación, la vulneración de derechos y las categorías de género, clase y raza como determinantes de tal criminalización. 

El mencionado Decreto Presidencial leído en clave feminista, puede pensarse, entre otras cosas, como la criminalización del comportamiento ilegal-amoral de las mujeres. Es decir que a través del caso de una mujer migrante, le están mostrando a la sociedad toda -específicamente a los cuerpos feminizados- cómo tiene que ser una mujer y cómo no debería serlo, de lo contrario: cárcel, separación de la sociedad y de sus familias, discriminación. En breves palabras, lo que sucede es una vulneración legitimada de los derechos humanos. Entre las modificaciones a la Ley de Migraciones, se establece entre otros retrocesos, un procedimiento de expulsión que vulnera las garantías del debido proceso, el acceso a la justicia y el derecho de defensa de las personas migrantes. 

La puesta en escena del gobierno nacional de la Alianza Cambiemos busca asociar migración con delito. Desde allí, que se incrementan los recursos para las fuerzas de seguridad, se inventan noticias tendenciosas en cuanto a la peligrosidad de vivir en una sociedad que “deja entrar” a personas que vienen de países vecinos, y hasta se crea una Prisión sólo para extranjeros sin papeles, siendo la Policía Federal la encargada del traslado y custodia de las personas retenidas ¡Esto es tremendo! 

La violencia institucional se vive una y otra vez a lo largo y ancho de nuestra región, y la Argentina como se ve, no está exenta. La criminalización sobre las personas que buscan un mejor destino de vida que el que tendrían en su tierra de origen, se replica en cada trámite burocrático para obtener la ciudadanía, en cada traba administrativa y requisitos finamente calculados, en cada coima aduanera y en cada acceso carnal a los cuerpos vulnerados para que así acepten la “libre” circulación.  


* Periodista, conductora del programa La Marea (Radio Futura FM 90.5), redactora de Revista Trinchera, editora del portal Luchelatinoamérica y colaboradora de Agencia Timón.

Fuente:
[1] Pichetto sacó a pasear toda su xenofobia (Página 12)
[2] Samaranch y Di Nella (2016). Mujeres y cárceles en América Latina. Perspectivas críticas y feministas. 

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