Tras una sesión extraordinaria en Diputados, se transformó en ley el proyecto que incorpora la violencia digital a la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres. La medida trata los delitos que violan la intimidad sexual de las personas mediante los medios digitales.
En la madrugada de este miércoles, la Cámara de Diputados convirtió en ley la iniciativa que incorpora la violencia digital a la Ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, conocida como Ley Olimpia. El proyecto aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas mediante los medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo.
De esta manera, y con 230 votos afirmativos, el plenario legislativo aprobó por unanimidad esta medida que tuvo aportes del Frente de Todos (FdT), Juntos por el Cambio (JxC), el Interbloque Federal, Provincias Unidas y la izquierda. Cabe señalar que la sesión comenzó el martes al mediodía y culminó en la madrugada del miércoles.
El proyecto denominado “Ley Olimpia” y presentado originalmente por la diputada Mónica Macha (FdT) lleva ese nombre en reconocimiento a la activista mexicana Olimpia Coral Melo, esta última estuvo la semana pasada en Argentina y participó de la sesión en el Senado que dio su aprobación, junto a sobrevivientes argentinas de violencia en entornos digitales.
A su turno, Macha ratificó que el proyecto de ley “es producto de la definición de distintas organizaciones como Gentic (Organización Género y TIC) y como el grupo de Ley Olimpia en Argentina”. Además, recalcó: “Muchas de ellas son víctimas y sobrevivientes de la violencia digital y me parece que también es bueno cómo desde el feminismo y el transfeminismo nos organizamos para poner en esta agenda política temas que, tal vez, hasta ahora estaban acallados”.
Asimismo, la diputada indicó que la definición de violencia digital “es aquella que se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real, simulado, íntimo o de desnudez de las mujeres sin su consentimiento, discursos de odio de género, patrones estereotipados sexistas o que impliquen situaciones de acoso, amenaza, extorsión o control virtual, o acciones que atenten contra la integridad sexual o identidad digital de las mujeres a través de las TIC”.
La impulsora del proyecto también resaltó que la ley promocionada “se complementa” de cierta forma con la Ley Belén. Al respecto, explicó que “la Ley Olimpia apunta a todas las instancias de prevención, de asistencia y acompañamiento a las víctimas y sobrevivientes de la violencia digital, mientras que, la Ley Belén lo que busca es la incorporación de la violencia digital como delito en el Código Penal, de modo que se pueda sancionar a aquellas personas que difunden material íntimo sin consentimiento, aquellos que suben el material y aquellos que lo difunden”.
Por otro lado, la diputada de la Unión Cívica Radical (UCR), Karina Banfi, celebró: “El avance en el recorrido de este proyecto y esperamos también su pronta reglamentación”, y también destacó que “nos encontramos en un estado de necesidad con respecto a la violencia que se ejerce sobre las mujeres en el espacio digital”.
Cabe destacar que la medida ya fue aprobada por ambas Cámaras del Congreso, pero volvió a Diputados por una cuestión técnica. En una de las modificaciones introducidas por la Cámara baja, el proyecto plantea que se entiende por violencia contra las mujeres “toda conducta, acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, en el plano analógico o virtual, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, participación política, como así también su seguridad personal”.
Además, entre los puntos a resaltar del documento consta la promoción de los derechos y bienes digitales de las mujeres, así como su desenvolvimiento y permanencia en el espacio digital. En paralelo garantiza que se respete su dignidad, reputación e identidad, incluso en los espacios digitales.
La medida plantea a la implementación de “un servicio multisoporte, telefónico y digital gratuito y accesible, en forma articulada con las provincias, a través de organismos gubernamentales pertinentes, destinado a dar contención, información y asesoramiento sobre recursos en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia a quienes la padecen, incluida la modalidad de violencia contra las mujeres en el espacio público” señalada como “acoso callejero”.
Por otro lado, el proyecto de ley apunta la obligación y el deber de promover programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de las tecnologías de la información y la comunicación y de identificación de las violencias digitales en las clases de educación sexual integral como en el resto de los contenidos educativo y en la formación docente.
La Ley Olimpia se presentó en julio de 2022 en un encuentro que contó con la presencia de la exministra de Mujeres y Diversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, el espacio de víctimas “Ley Olimpia Argentina” y la organización Género y TIC. Nucleadas en un colectivo denominado “Campaña contra la Violencia Digital” vienen reclamando la ley mediante distintas acciones, que incluyeron una campaña online de recolección de firmas, con 35 mil adhesiones a través de la plataforma digital Change.org.
Además, tiene su origen en una ley mexicana que aborda los delitos del mismo carácter en que lo hace en Argentina. En el caso de México, Olimpia logró que 32 Estados de su país tengan ley, y en la actualidad propuestas similares se debaten en Ecuador, Guatemala, Honduras, Bolivia e incluso en Estados Unidos.