El plan forma parte de las medidas económicas anunciadas por el Gobierno nacional. Se trata de una baja de tasas para regularizar deudas y beneficiará a 656.121 contribuyentes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un plan de alivio fiscal para que las micro, pequeñas y medianas empresas puedan cancelar obligaciones tributarias, aduaneras y de recursos de la seguridad social vencidas hasta el 30 de abril, dentro de las medidas económicas anunciadas por el Gobierno nacional. El objetivo principal será sostener la actividad.
De acuerdo a los datos del Ministerio de Economía, la iniciativa que contempla una tasa de interés máxima de 5,91% mensual, incluye este beneficio también para monotributistas; así, por medio de este nuevo régimen, el organismo tributario beneficiará a más de 650 mil contribuyentes.
De este modo, el monto de deuda a regularizar asciende a 456 mil millones de pesos y corresponde principalmente a IVA, ganancias, y aportes y contribuciones a la seguridad social, entre otros tributos. Incluye los intereses, multas y deudas que se encuentren en discusión tanto en vía administrativa como judicial.
Las principales beneficiadas serán las micro y pequeñas compañías, que representan 48% del mundo de firmas alcanzado por la medida y poseen 42% del stock de deuda total. Por su parte, los pequeños contribuyentes y monotributistas alcanzan al 31,2% de los tributarios que mantienen obligaciones vencidas con el organismo, por el tres por ciento del monto total. Asimismo, el resto de los depositarios lo completan las empresas medianas.
Al respecto el titular de Aduana, Guillermo Michel, en comunicación con Radio con Vos, recalcó: “El plan de facilidades de pago que apunta fundamentalmente a los pequeños contribuyentes y pymes, dándoles la posibilidad de regularizar la deuda fiscal, que hace difícil acceder a cualquier tipo de crédito o capital de trabajo”.
En su anuncio Economía remarca: “La AFIP establecerá una espera para una proporción de los intereses de las cuotas de los planes de pago con vencimiento junio a diciembre de 2023”. Y declara que “esta medida genera un alivio fiscal promedio del 50% de las cuotas mensuales de planes de pago que pagan las MiPymes en el marco de la moratoria de la Ley 27.563”.
Mediante la Resolución General 5.361/2023, publicada este martes en el Boletín Oficial, la AFIP instrumentó un plan de hasta 84 cuotas, de acuerdo al tamaño de la firma y del tipo de obligación que debe regularizar (previsional, impositiva o aduanera), con una tasa máxima del 5,9% mensual. En todos los casos, no será necesario realizar un pago a cuenta.
Los sujetos alcanzados por la norma comprenden a micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas y pequeños contribuyentes; y la adhesión podrá realizarse hasta el 29 de septiembre de este año inclusive. Además, la cantidad máxima de cuotas de los planes de facilidades de pago, se determinará según el tipo de contribuyente al momento de la consolidación de los mismos y del tipo de plan.
Para pequeños contribuyentes, entidades sin fines de lucro y micro y pequeñas empresas: 84 cuotas por deuda general o aduanera, 36 para aportes de la seguridad social y 12 por retenciones y percepciones impositivas.
Para medianas empresas-tramo 1: 48 cuotas por deuda general o aduanera, 24 para aportes de la seguridad social y seis por retenciones y percepciones impositivas; y medianas empresas-tramo 2: 36 cuotas por deuda general o aduanera, 18 para aportes de la seguridad social y tres por retenciones y percepciones impositivas.