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El organismo dará un plazo especial para presentar la documentación obligatoria a quienes producen en zonas declaradas en estado de emergencia o desastre.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que facilitará el acceso a los beneficios impositivos a productores de las zonas declaradas en estado de emergencia o desastre agropecuario. El organismo definió que los afectados tendrán como plazo especial hasta el 30 de junio para presentar la documentación obligatoria.

La medida apunta a amortiguar y contener las consecuencias económicas de la emergencia agropecuaria. Las herramientas a disposición de productores y contribuyentes buscan ayudar al cumplimiento de las obligaciones tributarias, al generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de trabajo.

La Resolución General 5202/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial estableció como plazo especial hasta el 30 de junio para presentar la nota en la que el productor afectado por emergencia o desastre agropecuario manifieste su condición de beneficiario y que la explotación afectada constituye su principal fuente.

También alcanza a los productores que están inmersos en la declaración de estado de emergencia y/o desastre agropecuario instrumentada por resoluciones del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca entre el primero de noviembre del año pasado hasta este martes 7 de junio.

Todo aquel que solicite el pedido deberá presentar una nota acompañada de un informe extendido por contador público en el cual surja que la actividad principal se encuentra amparada por la declaración de emergencia y/o desastre agropecuario. Cabe destacar que la presentación de la nota se realizará a través del servicio de “Presentaciones Digitales”, al que se accede a través de la web de la AFIP con clave fiscal.

La medida está enmarcada en la Ley 26.509, que determina ciertas franquicias impositivas a los productores comprendidos en zonas declaradas en estado de emergencia agropecuaria y/o desastre agropecuario. Otros de los beneficios a los que pueden acceder son la prórroga del vencimiento del pago de impuestos que graven el patrimonio, capitales o ganancias de las explotaciones afectadas.

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