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El Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores determinó que todo aquel empleador con presunciones y denuncias de explotación, trata de personas o trabajo infantil no podrá acceder a los beneficios del “Plan de Facilidades de Pago”.

Este viernes el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) tomo la desición de excluir del “Plan de Facilidades de Pago”(Moratoria) a aquellos empleadores que se encuentren comprendidos en presunciones y denuncias de explotación, trata de personas o trabajo infantil en cualquiera de los estadios procesales o administrativos.

La medida se dio a conocer mediante la Resolución 4266/2022 publicada en el Boletín Oficial y alcanza a aquellos empleadores que hayan sido fiscalizados o denunciados por el Registro o por organismos nacionales y/o provinciales del trabajo, o por cualquier otro ente integrante del sistema de seguridad social.

Cabe destacar que tampoco podrá acceder al plan de facilidades de pago de deudas de la seguridad social, lanzado el último febrero, aquellos empleadores que se encuentren calificados como infractores o reincidentes, o aquellos a los que el Renatre haya detectado trabajadores no declarados ante Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) mediante los relevamientos realizados en los dos años anteriores a la fecha de suscripción del convenio de pago.

Asimismo, el organismo nacional remarcó que, una vez regularizada la situación de sus empleados dentro del plazo de 10 días corridos posteriores al relevamiento en el que fueron detectadas las irregularidades, considerará que el empleador no se encuentra incurso en falta de registración de trabajadores. De esta manera le permitirá acceder a los beneficios del plan de facilidades de pago. Tampoco podrán acceder al plan aquellos empleadores que hayan suscripto un plan de pagos y se encuentren en mora.

La medida puntualiza que en el momento en el que empleador haya procedido a la regularización tardía ante la AFIP, si el Renatre detectó otras irregularidades con respecto a la registración de trabajadores, el empleador no podrá acceder a los beneficios del plan por dos años, y, en el caso de que tuviera un plan vigente, operará su caducidad de forma automática.

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