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Teniendo en cuenta el trabajo conjunto que vienen realizando con el Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas y el Centro de Estudios para la Integración Financiera ¿Cuál es el camino que se viene transitando desde que Mauricio Macri firmo este acuerdo con el FMI?

El trabajo comenzó a mediados del año 2018 justamente cuando se anuncio públicamente que íbamos a volver al FMI, después de la farra de endeudamiento privado que hubo y que nos puso en la situación que se sabe hoy, por eso se sospechaba lisa y llanamente con el default.

Nos empezamos a hacer algunas preguntas sobre todo ¿porque Dujovne viajó a Washington y porque no había nada de información pública? En unos pocos días, fue a negociar y volvió con el acuerdo firmado. Nosotros trabajamos mucho con temas de derecho administrativo y sabemos que es imposible negociar y firmar un acuerdo, sobre todo por la magnitud (no nos olvidemos que es el acuerdo más grande de la historia del FMI), sabíamos que era imposible hacerlo en tan pocos días. Entonces empezamos a investigar.

Nos encontramos con que no había nada de información pública disponible, y ahí iniciamos el primer amparo judicial acompañando al Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas para hacernos de los expedientes y de los dictámenes previos que exigen distintas leyes de nuestro sistema jurídico como para poder tomar decisiones en este tipo de cosas y en cualquier otras, pero específicamente en materia de deuda externa.

Ese caso fue rechazado por la justicia porque no habíamos ido a sede administrativa como exige la ley de acceso a la información pública. No lo hicimos porque considerábamos que el tema era urgente y que era inútil ir a sede administrativa, justamente porque no había absolutamente nada de información disponible.

En el medio de ese proceso, justo antes del rechazo final, el Ministerio de Hacienda se presentó en el expediente y manifestó que todo lo que nosotros estábamos pidiendo estaba ya publicado en su sitio web. Cuando fuimos al sitio web nos encontramos con que lo único que había era la carta de intención y los memorándum adjuntos al pedido original del crédito y desde ya que eso no reunía los requisitos. No era la información que estábamos pidiendo. Pero por lo menos era algo.

Cuando conseguimos esa información hicimos un segundo pedido, esta vez sí en sede administrativa, acompañando al Centro de Estudios para la Integración Financiera que es parte del CEPAS (Centro de Estudios para las Políticas Públicas al Socialismo). Pedimos administrativamente los expedientes y los dictámenes. Fue un pedido mucho más específico y más extenso porque teníamos las cartas de intención y los memorándum que hasta entonces no estaban.

El 28 de diciembre del 2018, el Estado Nacional nos contestó que no necesitaba estudios técnicos para tomar el crédito. Como no respondió a nuestro pedido de información y eso en la ley significa una delegatoria tacita, fuimos de vuelta a sede judicial y finalmente logramos que en septiembre del año 2019, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal de la Capital Federal, condenara al Estado Nacional a entregarnos la información que estábamos pidiendo.

En el medio del proceso el Estado Nacional hizo varias cosas para intentar que el tema no fuera resuelto por el poder judicial. Una de ellas fue comunicarse extrajudicialmente con nosotros y ofrecernos los expedientes que estábamos pidiendo. Los fuimos a buscar, y lo que nos encontramos realmente fue sorprendente, mucho peor de lo que imaginábamos.

Uno se puede imaginar algún trámite desprolijo por la celeridad, por la velocidad con que se hizo esa negociación, pero nos encontramos con que directamente el expediente, que es un requisito de forma para tomar cualquier tipo de decisión estatal (incluso para comprar lapiceras en una repartición -salvo que vaya por “caja chica“- si es una compra más o menos importante, tiene que tener un expediente), fue iniciado 9 días después de ser firmada la carta de intención y exactamente una semana después de que promovimos el primer amparo con el Movimiento Nacional de Empresas Recuperadas.

Además de ser iniciado una semana después, con lo cual no hubo decisión administrativa real para tomar el crédito sino a sola firma por el ministro de Hacienda, nos encontramos con que esa toma de deuda no solo no tenía expediente sino que no tenía dictámenes jurídicos previos (que exige la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo), no tenía -y esto es clave- un dictamen del Banco Central (que impone el artículo 61 de la Ley de Administración Financiera) para ver cómo iba a impactar en la Balanza de Pagos ese crédito que estábamos tomando.

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