La violencia institucional se incrementó exponencialmente en los últimos meses. Según el informe de la Red Argentina por los Derechos Humanos y la Inclusión Social, solo en la provincia de Santiago del Estero se registraron 28 casos hasta el día de la fecha. Esos números no están vacíos, esos números tienen historia. Desde que comenzó el ASPO decenas de familias están luchando para que la Justicia haga caso a su nombre.
En los últimos días, el caso más conocido es el de Facundo Astudillo Castro en la provincia de Buenos Aires. Lamentablemente, hay muchos Facundos a lo largo y ancho del país.
Desde muertes en celdas a detenciones sin razón, la provincia de Santiago del Estero se convirtió en una de las regiones del país en donde la violencia institucional se vive a diario. Las medidas que las fuerzas de seguridad deben emplear para hacer cumplir el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) han creado un marco de impunidad y de poder que se concentra en un uniformado y su arma en mano.
El aislamiento en la provincia
Al día de la fecha, en la provincia de Santiago del Estero, se registra un total de 1.154 infectados por COVID-19 y 13 muertos. La provincia sigue manteniendo el ASPO como forma de evitar la propagación del virus, sin embargo, las fuerzas de seguridad tienen una percepción de hacer cumplir el aislamiento muy distinta a la que debería ser bajo el ojo de la ley.
La provincia tiene restricciones de horarios y de días para circular libremente por las calles. Se puede circular hasta las 18 horas los días de semana y los fines de semana y feriados hasta las 15 horas; no se contemplan las excepciones que rigen a nivel nacional, como el poder salir a comprar alimentos. Esta medida da paso libre a la detención de tode aquel que la incumpla: estas suelen durar 12 horas o más y cuentan con multas que van desde los mil hasta los 70 mil pesos. Les vecines compararon a la restricción con un toque de queda.
Otro escenario es el del “escrache” que realiza la policía a les detenides. Muestran sus rostros y nombres a través de videos filmados sin el consentimiento de las personas y se difunden en forma de intimidación al resto de habitantes del lugar, se apela al generar miedo con un discurso sumamente punitivista y hasta cínico, en el sentido de que el mensaje se transforma en una amenaza directa a la población.
Y si mencionamos la situación de hacinamiento dentro de las comisarías nos encontramos con cientos de problemas más. No existen ni el distanciamiento social ni las medidas sanitarias correspondientes a la crisis sociosanitaria que estamos viviendo.
Casos de violencia institucional
Repasemos algunos de los casos de violencia institucional registrados por Amnistía Internacional y por la Red Argentina por los Derechos Humanos y la Inclusión Social:
Tal vez el más conocido fue el de Mauro Ezequiel Coronel. Mauro fue denunciado el 5 de mayo por un vecino que lo acusó de violencia de género, lo detuvieron en su casa y lo trasladaron a la Comisaría Décima. Allí fue torturado, brutalmente golpeado y atado a un poste afuera de la comisaría. Cuando su madre se dirigió a la comisaría, escuchó los gritos de su hijo mientras lo golpeaban. Esa misma noche lo ingresaron al Hospital regional sin notificárselo a su familia. Mauro falleció cuatro días después. El informe médico habría comprobado que existían lesiones en las vías respiratorias. Amnistía Internacional solicitó información a las autoridades provinciales.
El 25 de marzo, un vecino que entregaba elementos de higiene fue detenido y golpeado por las fuerzas de seguridad. Pese a que el médico policial no registró lesiones, éstas fueron verificadas y registradas por facultativos del hospital posteriormente.
Días después, el 28 de marzo, un matrimonio responsable de un merendero fue detenido mientras retiraban mercadería, a pesar de contar con permiso de circulación. Les secuestraron su moto y sufrieron violencia física y psicológica. Finalmente los liberaron a nueve kilómetros de su casa.
El 23 de abril, Jorge Ricardo Villa salió de su casa en la capital de Santiago del Estero. Al regresar, lo interceptaron entre 10 y 15 policías motorizados en un operativo singular y le dijeron que había cometido el delito de violar la cuarentena; acto seguido, lo llevaron a la comisaría. Allí lo esposaron junto a otros 15 detenidos por supuestamente haber violado la cuarentena. Luego lo trasladaron, con una mochila o un objeto pesado sobre su cabeza para que no viese ningún rostro, a la cárcel Fandet, conocida por las condiciones precarias en las que está y las prácticas policiales que rememoran los centros clandestinos de la dictadura militar. Jorge manifestó que allí lo desnudaron completamente, lo humillaron y lo vejaron.
El 19 de agosto, un cadete de mensajería circulaba finalizando su día laboral en el límite del horario permitido. A pesar de mostrar que tenía todo en regla, cinco policías lo detuvieron y se le tiraron encima, pisándole la espalda, la cabeza y sosteniéndole las manos. El hecho se constató por un video filmado por vecinos de la zona.
En Loreto, Mario Lobos, de 73 años, fue aislado en un centro para aislamiento por COVID-19 por ser un caso sospechoso. Sin embargo, por su edad, debería haber sido aislado en su domicilio particular por ser paciente de riesgo. Presentó cuadros de hipertensión en el centro y la atención médica fue tardía y precaria: se quejó junto a otros ciudadanos aislados en el mismo lugar ante el intendente, quien finalmente lo denunció por amenazas. Fue trasladado junto a otros ciudadanos a la capital de la provincia para prestar declaración al Liceo de Policía y allí fueron desnudados y sometidos a humillaciones.
Casos como estos hay muchos, desde perseguimiento por redes sociales a detención de trabajadores esenciales exceptuados del ASPO, pasando por maltrato en comisarías, hasta asesinatos. El escenario de terror que se vive en la provincia es comparado por vecinos con la última dictadura militar que azotó a nuestro país.
¿De dónde surge tal impunidad?
Las fuerzas de seguridad dependientes del Ministerio de Seguridad de la Nación y de las diferentes jurisdicciones son las encargadas de velar por el efectivo cumplimiento del ASPO. Siempre teniendo en cuenta que su accionar debe respetar los procedimientos enmarcados en los Derechos Humanos.
Las medidas de seguridad por el COVID-19 no son excusa para un uso excesivo de la fuerza. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) puntualizó la necesidad de “garantizar que no se realicen detenciones arbitrarias durante la vigencia de estados de emergencia o restricciones a la circulación de las personas, y que toda detención cuente con el debido control judicial, de conformidad con los estándares”.
El artículo 3 del Decreto 297/2020 estableció controles permanentes en rutas, vías y espacios públicos, accesos y demás lugares estratégicos a cargo del Ministerio de Seguridad de la Nación, en coordinación con las jurisdicciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el Artículo 4 se dispuso el procedimiento a seguir en caso de confirmar una infracción al ASPO: se debe hacer cesar la conducta infractora y dar accionar a la autoridad competente dentro del marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal.
Por lo que, el accionar de las fuerzas de seguridad debe ser dirigirse a la persona que circula sin autorización y garantizar que retorne a su hogar para cumplir con lo debido. Pero eso no vemos en las calles, o por lo menos no en barrios de extrema vulnerabilidad y pobreza.
Como establece el derecho internacional de los derechos humanos, “todo uso de la fuerza por el personal de las fuerzas de seguridad debe ser excepcional y usado como último recurso y debe cumplir las obligaciones internacionales contraídas por el Estado en materia de derechos humanos”. Estas son la obligación de respetar y proteger el derecho a la vida, a la integridad física, a la dignidad y a la seguridad de la persona.
Para que se emplee el uso de las fuerzas legítimamente se deben cumplir cuatro requisitos:
El principio de legalidad: el uso de la fuerza debe estar suficientemente fundamentado y debe estar al servicio de un objetivo legítimo preestablecido normativamente.
El principio de necesidad: las fuerzas de seguridad deben utilizar medios no violentos antes de recurrir al uso de la fuerza y de armas de fuego, estas se deben usar sólo cuando otros medios resulten ineficaces o no garanticen el resultado previsto.
El principio de proporcionalidad: cuando el uso de la fuerza sea inevitable, las fuerzas de seguridad deben actuar con moderación y en proporción a la gravedad del delito y al objetivo legítimo que se persiga; si el daño excede el objetivo el uso de la fuerza, debe cesar y expresa “el principio de que el fin no justifica todos los medios”.
Y, por último, la rendición de cuentas: ésta se logra mediante un sistema de controles y equilibrios que permite la evaluación sobre toda actividad llevada a cabo por las fuerzas de seguridad para analizar si se cumple con los estándares mencionados y las normativas vigentes. Estos mecanismos, que involucran al poder judicial, al poder legislativo, al poder ejecutivo y a la sociedad civil son: hacer rendir cuentas a los posibles responsables de violaciones de derechos humanos y proporcionar reparación e indemnización a las víctimas; prevenir futuras violaciones a los derechos humanos; mejorar la labor del organismo encargado de hacer cumplir la ley.
Vemos constantemente cómo estos principios son violados y llevan al maltrato o incluso muerte de les detenides.
Nunca más
En nuestro país el concepto de “Derechos Humanos” tienen un peso especial. Los crímenes de lesa humanidad durante en la última dictadura militar son seguidos de reclamos por memoria, verdad y justicia por todes les desaparecides. El estar presenciando escenas similares a la de esas épocas genera pánico en les santiagueñes y en el resto del país, porque se supone que hay discusiones dadas y cuentas saldadas.
Es necesario que el Nunca Más lo sea de verdad. El imaginario social punitivista, que sigue creyendo en el poder ordenador de la policía y la represión, no es la solución y se ve evidenciado en las discusiones que se dan hoy en día en distintas instituciones y movimientos sociales. No es suficiente sancionar la violencia policial para erradicar el conflicto, se deben poner en discusión las estructuras institucionales y sociales que crean las condiciones para que este tipo de prácticas se sigan perpetuando.
Es una deuda de la democracia que las fuerzas de seguridad dejen de llevarse vidas.
Fuentes:
RADHIS – Red Argentina Por Los Derechos Humanos Y La Inclusión Social
Informe sobre Violencia Policial de Amnistía Internacional
Base de datos abiertos del Ministerio de Salud Nacional