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POR JUSTO SEBASTIÁN ACEVEDO*

En la actualidad, la pandemia del Covid-19, pone en debate las posturas morales, políticas, filosóficas del Individualismo. Hoy, el contexto hace que sea difícil la concreción de aquello que dicha corriente pregona; pues es dificultoso el ejercicio por parte de los individuos de la independencia y la autosuficiencia que tanto reclaman y difunden como modo de vida. En el presente, la realidad nos ha demostrado que la intervención del Estado ante esta contingencia, a través de distintas políticas públicas de índole sanitario, securitario, y económico, entre otros, pudo atemperar la situación epidemiológica y las consecuencias de las mismas, en otras tantas esferas.

Todo ello nos lleva a reflexionar que aquellos sujetos que viven en sociedad, ante determinadas circunstancias, consideren asociarse para afrontar las vicisitudes de la vida social, de la realidad que se les impone.

Observamos en la situación mundial, en la proliferación del coronavirus, la oportunidad en la que los sujetos ven necesario, como estrategia, el tener que coligarse, interconectarse en forma cooperativa, es decir, bregar en conjunto para poder encontrar soluciones a problemas que son comunes a todos los individuos.

Por ello, en los distintos grupos humanos se hace necesario que consideren y rescaten ciertos valores y principios rectores relativos a lo que llamamos cooperativismo, ya que los mismos sientan las bases para poner en práctica la ayuda mutua, la responsabilidad, la democracia, la igualdad y la solidaridad.

Por lo tanto, en una sociedad donde las comunidades pongan en acto “formas cooperativistas de relación”, requerirán de las siguientes características:

La ayuda mutua entre los miembros del grupo. Esto lleva consigo actuar en conjunto para buscar resoluciones a las problemáticas que se les presentan comunes.

La responsabilidad de cada uno en el nivel de entrega y rendimiento, que permita arribar a las metas comunes; un compromiso moral  inquebrantable de los unos con los otros.

La democracia expresada en la toma de decisiones colectivas en las gestiones realizadas o a realizar; para ello, es vital el pleno protagonismo y la participación directa de todos los miembros.

La igualdad: se expresa en que todo derecho y toda obligación son para todos los integrantes por igual.

La solidaridad se presenta al momento que el conjunto va al rescate o a la asistencia de aquel miembro que presenta una dificultad o inconveniente.

En la Argentina, al menos en los aspectos formales de la Educación, nos encontramos con que la legislación contempla al cooperativismo en su dimensión formativa. Basta con rastrear aspectos normativos del pasado para poder encontrar la Ley 16583, sancionada por el Congreso de la Nación en octubre de 1964 y aprobada por el Ejecutivo a cargo del Presidente Arturo Umberto Illia en noviembre de ese mismo año. En esta Ley, se declara de alto interés nacional la enseñanza de los principios del cooperativismo y se establece a través del Ministerio de Educación la inclusión de planes y programas en los establecimientos educativos dependientes de Nación, sobre la enseñanza teórico-práctica del cooperativismo. En el tiempo, hubo otras normativas que se dictaron, que fueron complementando a esta Ley.

En la actualidad está en vigencia la Ley de Educación 26.206, sancionada por el Congreso de la Nación en diciembre de 2006 y aprobada a los días siguientes por el Ejecutivo a cargo del Presidente Néstor Kirchner. En el artículo 90, establece que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del cooperativismo y del mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley N° 16.583. Es decir, se renueva con fuerza de Ley la incorporación de los principios y valores del cooperativismo en la educación.

Al año siguiente, la provincia de Buenos Aires adaptaría su marco educativo a partir de la Ley Nacional de Educación de 2006, y entraría en vigencia la Ley Provincial de Educación registrada con el número 13.688. En ella se recupera, dentro de los fines y objetivos de la política educativa de la provincia, la importancia en la incorporación de los principios y valores del cooperativismo.

Ahora bien, ¿esta relación entre cooperativismo y educación, queda en simples enunciados o hay una fuerte presencia en lo curricular? Este interrogante, seguramente, pueda ser el inicio de una investigación más profunda sobre el tema, pero de lo que sí estamos seguros, es que la actualidad nos lleva a interpelar a la educación, sobre qué tipos de valores y principios son los necesarios reforzar ante contingencias como las que nos toca vivir hoy.

¿No será que necesitamos una política educativa que fortalezca los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente, en concordancia con la promoción de los principios y valores del cooperativismo en el trabajo áulico?


* Docente e integrante de la mesa de conducción del Encuentro Provincial de Educación.

Fuentes:
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/120000-124999/123542/norma.htm
https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-16583-194870/texto
https://www.aciamericas.coop/Principios-y-Valores-Cooperativos-4456#:~:text=Las%20cooperativas%20se%20basan%20en,y%20preocupaci%C3%B3n%20por%20los%20dem%C3%A1s.
https://normas.gba.gob.ar/ar-b/ley/2007/13688/3181#

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